Esta sesión, dirigida por el presidente de la Comisión Electoral Municipal, requiere la presencia de más de la mitad del total de los delegados que componen la asamblea a este nivel.
Una vez constituida el órgano local de gobierno, este elige, mediante voto secreto, a su presidente y vicepresidente.
El proyecto de candidatura para ocupar tales cargos estará compuesto por dos candidatos seleccionados entre los delegados de la propia asamblea, y para ser electos deberán obtener más del 50 por ciento de los votos válidos emitidos.
Fuentes: Granma, RHC, ACN / Editor: Conrado Vives Anias
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