La adopción de niñas, niños y adolescentes en el nuevo Código de las Familias
La adopción tiene como objetivo la protección y la integración familiar y social de niñas, niños y adolescentes para garantizarles su derecho a vivir en una familia que se ocupe de su bienestar y desarrollo integral. Foto: Ismael Francisco/Cubadebate. Por: Yamila González Ferrer Es muy usual que en cualquier lugar que se hable de cuestiones vinculadas a las problemáticas de las familias cubanas, alguien refiera lo compleja que es la adopción en Cuba. En este sentido suele percibirse que es prácticamente imposible adoptar un niño pequeñito, que hay parejas que se pasan años en las “listas” para adopción y que nunca logran sus sueños, entre muchas otras dificultades. Sobre mitos y realidades con respecto a la adopción se pudiera escribir muchísimo, pero hoy vamos a referirnos a los principales elementos y novedades que trae el Código de las familias en esta materia. Ante todo, es importante comprender la esencia, el alcance y objetivo de esta ancestral institución jurídica, que no es otro que: La protección y la integración familiar y social de niñas, niños y adolescentes para garantizarles su derecho a vivir en una familia que se ocupe de su bienestar y desarrollo integral. La adopción es una de las fuentes de la filiación. Tiene lugar a través de un acto jurídico que da lugar a la filiación adoptiva que, al ser reconocida en el proceso judicial correspondiente, permite que un niño o niña pase a ser hijo o hija de la o las personas que, cumpliendo los requisitos establecidos, se comprometen jurídicamente a cumplir con todo el contenido de la responsabilidad parental, y a quien o quienes se les reconocen como su madre o padre. Es por ello que, a partir de ese momento, se inicia una relación parental con los mismos efectos que la relación consanguínea, salvo las …

