Emigrados cubanos en Estados Unidos rechazan Ley Helms-Burton

Esa norma, expresaron, resulta injerencista, y viola los más fundamentales derechos a la soberanía y la autodeterminación del pueblo de Cuba y la decisión de la Corte Suprema de Estados Unidos sobre los asuntos de dicho apartado.

Afirmaron que el anuncio, el pasado 16 de enero, del Departamento de Estado de suspender por solo 45 días, en lugar de los habituales seis meses, la aplicación del Título III es una escalada en la intensificación, aún más cruelmente, del cerco anticubano.

Reiteraron que el bloqueo, de más de 55 años de duración, constituye una política genocida y “afecta el bienestar y la tranquilidad de nuestras familias en Cuba, de todo el pueblo, y su derecho incuestionable de poder vivir y desarrollarse en paz”.

La coalición expuso que tal título ha tenido el firme e invariable rechazo de la comunidad internacional, especialmente de los países integrantes de la Unión Europea y de Canadá, por su prepotente e ilegal carácter extraterritorial.

Aunque la ley Helms-Burton, firmada en 1996 por el entonces presidente William Clinton, sigue ocasionando grandes daños, no ha logrado su propósito de subvertir el orden constitucional y rendir al pueblo cubano por hambre, apuntó.

Los enemigos de Cuba, cuando redactaron la ley y su Título III sabían perfectamente lo establecido sobre estas cuestiones, pero no le importó ni le sigue importando, criticó la coalición.

El referido título evidencia el carácter extraterritorial del bloqueo pues permitiría a nacionales de Estados Unidos llevar a los tribunales a todo el que ‘trafique’ con ‘propiedades norteamericanas’ en Cuba.

A través de ese mecanismo Washington se arroga el derecho de promover un juicio contra aquellos inversionistas de terceros países que inviertan en Cuba en propiedades nacionalizadas.

Según el texto de la ley, se considera “propiedad norteamericana” a las nacionalizadas en el país caribeño después del 1 de enero de 1959, cuando triunfó la Revolución cubana, y se define como ‘traficar’ a la compra, recepción, uso o inversión posterior en esas posesiones.

La aplicación del Título III ha sido suspendida por todas las administraciones estadounidenses desde su aprobación, dados los perjuicios que implicaría su puesta en práctica, no solo para Cuba, sino para Estados Unidos y aliados como la Unión Europea.

Pero mientras las prórrogas de esa suspensión siempre se realizaban cada 6 meses, el secretario de Estado, Mike Pompeo, decidió que ahora solo será de ese período reducido de 45 días.

Fuente. Prensa Latina

Autor