Bandidos contra la soberanía radio-electrónica

Son los que sin ningún tipo de escrúpulo pasan por encima de los valores humanos y de las normas jurídicas, violan conceptos fundamentales de la convivencia en sociedad, corrompen a algunos a su alrededor y roban buscando aumentar sus arcas.

Para ellos no existen la verdadera amistad, el deber o la moral, y mucho menos el pueblo. Y si con lo que hacen, afectan a otros, ¡qué importa!, su provecho está primero.

Cuando se sustrae de una entidad estatal cualquier tipo de recurso, unido a la afectación económica se produce sobre todo un gran daño social. Por ejemplo, quienes desde hace tiempo se vienen dedicando al robo de angulares, cables coaxiales, equipos de computación y otros medios, que se utilizan en las comunicaciones nacionales e internacionales para la instalación de equipos de recepción satelital, además de incurrir en un delito, afectan a otras personas que ven frenadas —por falta de recursos— la instalación estatal de medios de comunicación, como es el caso de los teléfonos.
Conocida es también la sustracción de cables coaxiales o medios de cómputo, por ejemplo, en hospitales. Si un centro asistencial necesita de estos recursos es precisamente un hospital; sin embargo, poco importa a estas personas.

La obtención de servicios de telecomunicaciones mediante conexiones clandestinas o fraudulentas, o la utilización de cualquier maniobra técnica que permita neutralizar, eludir o burlar los mecanismos de control establecidos, constituye un delito.

Aun conociéndolo, los que delinquen se creen impunes. Se dedican a la construcción e instalación de antenas parabólicas y equipos de recepción de señales satelitales a cambio de importantes sumas de dinero.

En su afán de enriquecimiento, los comisores de este tipo de delito arrastran a otros ciudadanos que, conociendo o no lo establecido por la ley para estos casos, les compran los medios que ilegalmente se fabrican, convirtiéndose en receptadores. En su acción delictiva también estimulan a trabajadores estatales a ser parte de sus negocios, convirtiéndolos en cómplices al robarles a sus propias entidades para provecho individual. También están los que tienen el deber de ofrecer el servicio de forma legal y argumentan dificultades para que los necesitados recurran al soborno, como método de alcanzar lo que es su derecho.

La acción de efectivos de nuestra Policía Nacional Revolucionaria evitó que, hace unos meses, un ciudadano siguiera violando las normas establecidas y continuara incrementando ilícitamente su patrimonio personal. Le fue ocupado suficiente material como para demostrar que se dedicaba a la instalación de antenas parabólicas y equipos de recepción de señales satelitales. Además, se dedicaba a la recarga de tarjetas satelitales.

Se dedicó a lo que pensó sería «un negocio redondo» y localizó a quienes poseían equipos de recepción satelital, a los que convirtió también en violadores de la Ley.

Se calcula que lo venía haciendo desde el 2008. Los clientes de este individuo lo corroboraron, y a ellos les fueron decomisados algunos de los medios utilizados en esta actividad ilícita.

Entre los equipos decomisados se encontraron varios receptores satelitales DIRECTV, antena satelital DIS NETWORK, teléfonos celulares marca BLAK BERRY, tarjetas satelitales, más de 70 metros de cables coaxiales, y otros sofisticados equipos electrónicos.

La protección del espectro de radiocomunicaciones espaciales es tarea, en cualquier país del mundo, del Estado. Ello es una acción de seguridad nacional y cuenta con un sistema de normas, de obligatorio cumplimiento, que regulan la actividad. Esas normas constituyen un poderoso escudo para la defensa de la soberanía.

En el Decreto-Ley 157 de 1995: «De los servicios de telecomunicaciones de carácter limitado»; en la Resolución 098 de igual año, del Ministerio de la Informática y las Comunicaciones (MIC) y en el Decreto 269 del 2000 del Consejo de Ministros: «De los servicios de radiocomunicaciones espaciales», se recogen las sanciones pecuniarias a imponer a quienes violen estas disposiciones. Las mismas van desde los 10 000 hasta los 20 000 pesos y si los inspectores lo deciden —pues están facultados para ello— pueden llegar hasta los 30 000 o su equivalente al cambio oficial en pesos convertibles. También, como medida accesoria, quienes incurran en este delito están sujetos al decomiso administrativo de medios y equipos empleados.

Por su parte, el Código Penal dispone la sanción de privación de libertad de uno a tres años o multa elevada, además de la confiscación de los bienes.

En abril de este año fueron detenidos varios residentes en la capital, quienes desde hacía algún tiempo y sin tener ningún tipo de autorización legal, con ánimo de lucro, se dedicaban a instalar redes de acceso inalámbricas.

Usando Internet, por vía satelital y utilizando dichos medios, así como otros equipos, implementaron el servicio que les permitía recibir llamadas internacionales sin necesidad de acceder a las redes terminales de ETECSA. Esto provocó serias afectaciones a esta entidad del Estado cubano, la cual dejó de recibir ganancias por concepto de llamadas internacionales que ellos realizaron ilegalmente.

Esta actividad es financiada por Estados Unidos, desde donde llegan al país los medios e implementos necesarios, burlando los controles establecidos.

A ellos se les ocuparon teclados, discos duros, torres de computadoras, fuentes de alimentación, cabezas de red inalámbrica, modem, varios power data y rollos de cable para red, motherboard, impresora, un teléfono móvil y altas sumas de dinero.

Cuba tiene todo el derecho de salvaguardar su soberanía radio-electrónica. Los que intenten burlarla recibirán el peso de la aplicación de las normas administrativas correspondientes y de la Ley penal.

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