En vigor legislación para preservar la salud colectiva

Publicado en la Gaceta Oficial, el texto fija multas de 2 mil pesos para quien no use o utilice de forma incorrecta el nasobuco en espacios públicos, ómnibus, autos y centros laborales y de servicios, así como se eleva la cuantía a 3 mil pesos para quien acuda con síntomas de la enfermedad a escuelas o centros laborales.

Otras penalizaciones del Decreto 31, aprobada por el Consejo de Ministros, se refieren a multas de 3 mil pesos para quien realice fiestas, juegos o aglomercaiones públicas en una situación sanitaria tan compleja como la que se enfrenta.

La nueva legislación deroga el Decreto 14, que regulaba esas violaciones solo para La Habana. 

Por la salud de todos

El Decreto 31 del Consejo de Ministros, publicado en la Gaceta Oficial, se encamina a proteger la salud colectiva ante la situación sanitaria que enfrenta Cuba con la pandemia.

El texto, vigente desde el pasado viernes, fija multas para los padres o responsables legales de los menores de edad que violen las normas sanitarias establecidas, así como a los administrativos que permitan que en centros laborales o de estudio se incumplan las disposiciones por la Covid-19.

El Decreto 31 establece, además, multas de 3 mil pesos para los viajeros que incumplan el aislamiento sanitario u organicen fiestas o celebraciones sin aun tener los resultados definitivos de la prueba PCR.

Esa nueva norma, aprobada por el Consejo de Ministros y en vigor desde el pasado viernes, busca preservar la salud colectiva ante la actual pandemia del SARS-CoV-2.

 

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