Prosiguen en #Cuba procesos penales asociados a los disturbios de julio

Joselín Sánchez Hidalgo, director de Supervisión y Atención a la Población del Tribunal Supremo Popular (TSP), aclaró que en el caso de las multas, las cuotas pueden ser de hasta 50 pesos, lo que implica que puedan alcanzar cifras de 15 mil pesos aproximadamente, reporta el periódico Granma.

Señaló que los procesos en los que se investigan los actos más agresivos, violentos y dañinos todavía no han entrado a los tribunales y que se han radicado hasta el momento 23 causas vinculadas a los sucesos, en las cuales han sido juzgados 67 acusados.

En cuanto a la tipicidad delictiva predominante continúa siendo el desorden público, con 58 implicados, si bien existen otras como resistencia y daños.

El magistrado reiteró que en estos procesos la Ley de Procedimiento Penal prevé las garantías que han de cumplir y que han honrado, como de costumbre, los tribunales en el desarrollo de los actos judiciales, entre las cuales figuran: el derecho a aportar pruebas, tanto por parte del denunciante como del acusado, comparecer este último con un abogado de su elección, declarar o abstenerse de hacerlo, así como el derecho a establecer recursos.

Sobre el derecho a la defensa explicó que “al tratarse de procesos tramitados por los tribunales municipales, cuyo marco sancionador es hasta un año de privación de libertad, la decisión de comparecer al acto del juicio oral con abogado corresponde al propio acusado. De hecho, 23 de ellos tuvieron asistencia letrada”.

De los juzgados, uno resultó absuelto y 45 establecieron recurso de apelación, a partir de inconformidades con las sanciones impuestas, y de considerar que sus conductas no eras constitutivas de delitos.

De ellos, 42 han designado abogados para que los representen en este acto, en el cual, entre otras garantías, se pueden aportar pruebas nuevamente.

A decir de Sánchez Hidalgo se han resuelto los recursos de apelación interpuestos por 32 de los sancionados, y 11 casos se han declarado con lugar, por lo que fue modificada la sanción originalmente impuesta, teniendo en cuenta entre otros aspectos el grado de participación demostrado, las características personales y la juventud de algunos.

En estos casos, agregó, se han impuesto mayoritariamente sanciones subsidiarias de la privativa de libertad, combinadas con multas.

Recalcó que en Cuba no ha sido sancionado penalmente por los tribunales ningún acusado menor de 16 años, edad en la que en nuestro país se adquiere la responsabilidad penal.

En ese sentido, mencionó que es la misma establecida en otros países como Portugal, e incluso existen otras naciones donde es menor la edad como Alemania, Dinamarca, Suecia y Finlandia.

Sánchez Hidalgo comentó que se han presentado 61 hábeas corpus, de los cuales 59 han sido resueltos, todos sin lugar, tras confirmarse la inexistencia de privaciones de libertad con vulneración de lo establecido en la ley.

Además, destacó que contra tales resoluciones denegatorias solo un acusado estableció recurso.

Amparados por sus funciones constitucionales y, sobre todo, por los principios y valores que distinguen el actuar de la Fiscalía General de la República (FGR), los profesionales de este órgano han mantenido un seguimiento constante y pormenorizado de los procesos penales en general y, en particular, de los asociados a los disturbios recientes.

Lisnay María Mederos Torres, fiscal jefa de la Dirección de Procesos Penales de la FGR, afirmó que es una premisa la observancia de las garantías del debido proceso, lo que conlleva a evaluar minuciosamente las investigaciones.

De acuerdo con Mederos Torres, continúa la tramitación de los procesos investigativos sobre hechos de mayor connotación, en los cuales se pusieron de manifiesto actos de violencia contra personas, autoridades y bienes, y en los que se han dispuesto medidas cautelares de fianza, reclusión domiciliaria y prisión provisional.

De estos procesos, afirmó, ya se concluyó un grupo en la actualidad, en los cuales la Fiscalía evalúa las decisiones procesales a adoptar, y el resto está próximo a su terminación.

Añadió que se mantiene la revisión de las medidas cautelares, en aras de reservar la prisión provisional para los autores directos de los hechos vandálicos.

Asimismo, en los casos donde se cumplen los requisitos establecidos en la ley, se adoptan decisiones de imponer multas administrativas, según el artículo 8.3 del Código Penal.

Según Mederos Torres, los jóvenes entre 16 y 18 años de edad que participaron en hechos delictivos asociados a los disturbios, tienen designados para su protección fiscales diferentes a los que realizan el control de la investigación penal y el ejercicio de la acción penal pública.

Además, acotó, fueron evaluadas las medidas cautelares a imponer; a algunos, al inicio, se les aseguró con prisión provisional, lo que fue variado al avanzar los procesos, entretanto se mantienen en esa condición aquellos que ejecutaron hechos de extrema gravedad.

Los menores de 16 años, que no son sujetos del Derecho Penal, pero incurrieron en conductas delictivas, están siendo examinados por equipos multidisciplinarios de expertos de los Centros de Evaluación, Análisis y Orientación de Menores, quienes recomendarán las medidas que se adoptarán.

Dyxán Fuentes Guzmán, fiscal jefe de la Dirección de Atención a los Ciudadanos, señaló que sobre los hechos asociados a los disturbios han sido atendidas 308 personas y se han recibido 99 quejas y peticiones, las cuales han variado con el avance de las investigaciones y hoy se concentran, sobre todo, en inconformidades con la medida cautelar de prisión provisional, con los delitos imputados y con las sanciones impuestas.

De las quejas, dijo, se han concluido 33; y a partir de los resultados de las investigaciones y los elementos manifestados, se han modificado medidas cautelares, han sido incluidos los argumentos para valorarlos en el proceso penal concreto y se ha ofrecido orientación jurídica de lo que corresponde en cada etapa del proceso.

Autor