Desde Radio Guamá «Entrevista online» sobre deberes y derechos de la familia en Proyecto de Constitución

En entrevista online, la Licenciada en Derecho Evelin Labrador Remedios, notario y especialista de la Dirección Provincial de Justicia brindó las consideraciones sobre los artículos que exponen los aspectos relacionados con la familia en la Nueva Carta Magna que hoy se discute, se aprueba y se conforma en toda Cuba.

De como la familia está reconocida en el Proyecto de Constitución trató esta entrevista on line que tiene un impacto importante entre los seguidores de los perfiles en las redes sociales, esencialmente en Facebook.

Resumen de la Entrevista On Line:


Evelin Labrador: Todos los cambios legislativos en una sociedad llevan un proceso de evolución histórica, no solo en nuestro país, pues son experiencias que se van acumulando de cómo funciona en cualquier nación y se ajusta a la vida de cada lugar. El código de familia que hoy se encuentra en vigor, data del año 1975 y, precisamente, fue promulgado por la necesidad que existía en aquel momento de modificar y ajustar a nuestras condiciones la regulación del tema familiar, que se encontraba sujeto al código civíl español, el cual ya no se ajustaba a nuestras condiciones. Para su época la nueva legislación estaba muy bien ajustada, pero el mundo y nuestro país ha cambiado y por ello puede estar sujeto ha modificaciones posteriores luego que se apruebe el nuevo proyecto constitucional y ellas se ajusten a los cambios legislativos.

  • Pregunta vía Facebook: Oscar Salabarría Martínez- La familia cubana debe crecer en correspondencia con los principios de una sociedad que no discrimina a sus ciudadanos bajo ningun concepto: ¿podrán adoptar hijos la parejas del mismo sexo una vez aprobada la nueva carta magna?.

El Código de Familia, a partir del artículo 99 regula los requisitos que deben darse para la adopción en nuestro país. Unos de sus principios fundamentales es garantizar el mejor desarrollo de los menores y este será uno de los aspectos que cada tribunal en su momento debe tener presente. Se regula además que los cónyuges puedan realizar la adopción y en el supuesto que se autorice la formalización de matrimonios entre personas del mismo sexo, deberá analizarse con posterioridad la modificación de estos artículos aunque la decisión corresponde a los tribunales populares.

  • Ingeniero Jorge Gener Ulloa Leon, Taguasco Sancti Spiritus: Con mucho agrado escuché a las profedoras en derecho explicándole al pueblo a traves del programa Hacemos Cuba, del Canal Caribe, sobre el Artículo 68 de la Reforma Constitucional de nuestro País,creo muy coherente y oportuno su explicación histórica y social del concepto familia.dejando bien claro que las familias o matrimonios es la unión concesual de afinidad sin distinción de sexo ni de raza siempre y cuando exista el entendimiento y cooperación mutua y que su función es vital y no su composición.
    Ahora todo proceso de cambio tiene un rechazo y creo sea muy lógico, creo que nuestra sociedad cubana deba de ser mas capacitada al respecto porque en estos momentos no estamos preparados para el cambio, todo cambio que se violenta es como la ley física es por que es y no puedes hacer nada contra ella. Ese cambio de aprobacion de matrimonios homoxesuales vendrá y creo que la mayoría lo aprobará es solo un primer paso y cuestión de tiempo.
    Muchas recetas hemos copiado en diferentes renglones de la economía, la política y lo social y la idiosincracia del cubano ha terminado tranformándolas o no adaptándose a la cuestión.dejemos que ese cambio caiga por su propio peso y demos dósis obligadas a nuestro paciente.
    Hoy me inspire en nuestro héroe nacional para aconsejar a nuestro pueblo y dice así.
    El estilo de Martí es cuerda que vibra y afina para todos.
    La palabra de Martí es diamante que talla las almas de mármol.
    La obra de Martí es estrella que colapsa con su brillo para quienes la observan.
    La vida de Martí es polvo,aire,agua es orígen.
    La vida del maestro fue es y sera nación cubana.
    Nuestro proyecto constitucional debe vibrar y afinar para todos, debe ser diamante que talle realidades por muy duras que parezcan,debe ser ejemplo para los demas pueblos del mundo, y debe ser genuinamente cubano.
    por eso entiendo que tantos familias funcionales como disfuncionales, matrimonios homoxesuales como heteroxesuales debemos tener una proyección social que apunte al desarrollo de nuestra nación, unidos como Fidel lo hizo en el Moncada,en el Gramma,en Alegría de Pío,en la Sierra Maestra, en la ofensiva final con las diferentes colummnas invasoras, como lo hizo en la crisis de octubre, y en el periodo especial que solo la unidad nos mantiene vivo hoy.Y recordar que una imagen deplorante en nuestra sociedad y en grupo afecta a homosexuales a heterosexuales y no ayuda a entender nuestras diferencias. reitero que el tiempo será el único aleado de este artículo y que hoy la mayoría no está preperado para el cambio pero con programas como este que vi le hacen falta a la gente de Cuba.

Evelin: Muchas Gracias por su reflexión y su aporte al debate. El análisis que se está haciendo en Cuba como proceso de modificación legislativo pienso que no tenga porqué copiar del modelo de otro país sino que se ajuste a las condiciones socioeconómicas del nuestro, porque –precisamente- es este uno de los objetivos de este cambio legislativo. Sin embargo, no se pude perder de vista que para ello tomamos como experiencia la forma en que ocurre en otras sociedades. Es una realidad que todos los cambios conllevan cierta resistencia para su aceptación y no todos están de acuerdo con ellos, pues las familias son diversas y no todas tienen los mismos criterios, pero sí debemos pensar en lo que es mejor para nuestra sociedad. Coincidimos que para realizar cualquier cambio, deben existir las condiciones para poder hacerlo. Considero que hoy es una realidad que las relaciones entre personas de un mismo sexo son reconocidas por la sociedad y lo que les ha faltado es la protección legal, sí coincido en que necesitamos un poco más de preparación para dar ese otro paso de legalizar el matrimonio entre ellos, aunque es un hecho de que todos tenemos los mismos derechos de formar una familia y de que esté protegida por la ley.

  • Greter Chirino: Cuáles son los artículos que se refieren a la familia en este nuevo proyecto?

Evelin: En el nuevo Proyecto de Constitución, se encuentra regulado fundamentalmente en el capítulo III: Derechos Sociales económico y culturales, a partir del artículo 67 hasta el 74. Aunque en los siguientes artículos se regulan aspectos en los que también está involucrada la familia, en la educación, el trabajo, entre otros.

  • Noel Castellano:Cree usted que en este nuevo proyecto, la familia tiene más respaldo legal, más visibilidad?

Evelin: Pienso que la protección a la familia viene reconocida desde la promulgación en el año 1976 de nuestra Constitución actual y en correspondencia con el Código de Familia vigente. A los largo de los años la sociedad y las condiciones ha cambiado, por ejemplo lo que tiene que ver con la protección que se le brinda a la mujer y al hombre para el cuidado de los hijos menores de un año de edad. En el nuevo proyecto se incluyen estos cambios que han surgido a lo largo de los años pero que de igual manera han sido reconocidos, pues la familia es fundamental para la sociedad cubana, y la Reforma Constitucional fortalece ese papel.

  • Zory Pimentel: ¿Cómo se pondera el papel de la familia en el proyecto de Constitución? ¿En qué artículos se ve reflejado el papel de la familia en el cuidado y educación de los niños, adolescentes y jóvenes? ¿Qué elementos referidos a la familia y su papel en la sociedad pudieran estar faltando en el proyecto?

Evelin: La familia está reconocida en el Proyecto de Constitución desde que la concibe como la célula básica de la sociedad, otorgándole responsabilidades en la educación y formación de las nuevas generaciones y el cuidado de los adultos mayores. De ahí que es la familia, fundamentalmente los padres, los principales encargados de brindar el adecuado desarrollo de los hijos, su educación, asegurar sus necesidades fundamentales, apoyados en las garantías que brinda el Estado cubano.

El cuidado y la educación de niños adolescentes y jóvenes se encuentra regulado desde el artículo 70 al 72, aunque es válido aclarar que son normas generales que van a estar complementadas por otras de menor jerarquía como es el Código de Familia, y en correspondencia con lo instrumentado en la Convención de los Derechos de las niñas y los niños y los adolescentes.


 

 

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