Mesa Redonda: Anuncian medidas restrictivas en La Habana para enfrentar la Covid-19

Medidas adoptadas por el CDP para contener la transmisión de la Covid-19

– Las medidas tendrán en cuenta su aplicación en los centros que no sean de producción continúa y de servicios imprescindibles, en correspondencia con la propuesta de sus respectivas direcciones. De igual forma se llamó a fortalecer el teletrabajo (solo lo realiza, actualmente, el 17%), lo cual obliga a realizar un análisis sobre esta variable de trabajo a distancia.

En cuanto al transporte:

– Reevaluar el autorizo actual de VIA LIBRE (26 200) en las entidades nacionales y provinciales para disminuir el número de vehículos autorizados.

– Se propone una rebaja de 5 198 que representa el 20% de lo autorizado.

– Se establece un nuevo modelo de circulación de VIA LIBRE

– Se realizarán despachos con todos los OACEs, OSDE, y organizaciones políticas y de masas e instituciones religiosas para realizar una revaluación en la limitación de la demanda de circulación de los medios actuales autorizados.

– Se exceptúan los medios de transportación de carga o masivas de personal vinculados a aseguramientos a la producción o a los servicios vitales, que mantienen el sistema actual aprobado.

– Restringir significativamente el movimiento de autos, motos y medios de transportes particulares (110 000), limitando la venta de combustible a este sector por un periodo de 15 días.

– Se establecen la evaluación por el Consejo de Defensa Provincial, de casos excepcionales que lo soliciten. Se tratarse de solicitudes de salidas para provincias se establecerán comprobación de la situación planteada con las autoridades de los territorios, solo así se autorizará el viaje.

– Eliminar el traslado interprovincial por motivos turísticos, vacacionales u otras causas tanto en la entrada o salida a la Habana altamente restringido. Existen un total de 2973 reservaciones para instalaciones hoteleras, para lo cual se establece el reintegro del dinero o el cambio de la reserva.

– Actualizar el modelo de actuación en los 12 Puntos de Control de entrada a la ciudad, de estas prohibiciones.

– Eliminar por 15 días la salida de La Habana por motivos de trabajo a todos los organismos e instituciones.

– Se invalidan los autorizos permanentes emitidos hasta la fecha para salir de La Habana, hasta tanto no se autoricen otras medidas.

– Los casos excepcionales serán autorizados previa solicitud de los jefes de organismos e instituciones al Consejo de Defensa Provincial, una vez aprobado se emitirá el permiso temporal.

– Limitar el traslado de vendedores ambulantes entre municipios.

  • Propuestas para el trabajo en las tiendas recaudadores de divisas CUC, MAI, Mercados Ideales y otros:

– Proponer como horario de venta y servicio de lunes a sábado 9:00 am a 4:00 pm y los domingos de 9:00 am a 1:00 pm.

– Realizar las ventas solo a los residentes y personal del municipio donde esté ubicado el establecimiento. El documento que lo acredite debe ser con el carné de indentidad.

– Se incrementarán los puntos de ventas en municipios que no tengan estas posibilidades de mayor cantidad de unidades de venta.

– Organizar la venta de módulos de alimentos y aseo a aquellos centros que sean imprescindibles en esta etapa.

– Establecer límites de ventas de los productos alimenticios y de aseo.

– Ubicar puntos de ventas en los lugares donde estén más desprotegidos la comercialización de estos productos.

Se adicionan 139 puntos de ventas adicionales en los barrios para apoyar la venta de estos productos en zonas y barrios que no tengan una balanceada presencia de centros comerciales con este propósito.

– Para disminuir la movilidad de las personas asociadas a la compra de productos de alta demanda en CUC que se ejecuta a través de las tiendas de CIMEX, Tiendas Caribe y Caracol se decide restringir esas compras solo al municipio de residencia de las personas.

Para ello:

– Se seguirá empleando la actual red de comercialización de productos, a la cual se adiciona la red incrementada (139) en los barrios,

  • NUEVAS FACULTADES DEL CDP AL GOBERNADOR DE LA HABANA

Facultar al Gobernador durante este período, de un instrumento legal que permita aplicar multas severas con altas cuantías en hechos como:

– El no uso o uso incorrecto del nasobuco.

– La no existencia de los pasos podálicos, soluciones de agua clorada o alcohólica en las entidades estatales, de servicios a la población, formas no estatales, así como las asociaciones no gubernamentales.

– La permanencia de personas en áreas de estar, parques vías públicas, fuera de los horarios establecidos.

– La utilización de áreas culturales y deportivas.

– La realización de juegos o estancias en la vía pública.

– Permitir que menores de edad o adultos discapacitados se encuentren en la vía pública parques u otras áreas responderán los tutores.

– Mantener locales o instalaciones gastronómicas o de servicios abiertas fuera de los horarios establecidos para cualquier forma de gestión.

– La realización de fiestas.

– Ingerir bebidas alcohólicas en lugares públicos.

– Otras disposiciones que normen las autoridades sanitarias.

De conjunto con el Ministerio del Interior y los órganos de inspección, realizar medidas de incremento para el reforzamiento del enfrentamiento en los repartos, barrios y comunidades, con el objetivo de hacer cumplir las medidas aprobadas en esta fase epidémica.

– Establecer espacios en los medios de comunicación donde se informe a la población casos de sancionados, las causas e imágenes de los irresponsables.

– Crear grupos de trabajo a nivel de comunidad, con la participación de la FMC, los CDR, ACRC y demás factores del barrio para exigir el cumplimiento de las medidas indicadas, exigiendo un control efectivo del Consejo Popular.

La población debe conocer quiénes son los irresponsables al colocar sus rostros en los medios de prensa.

  • MEDIDAS PARA LA FISCALIZACIÓN Y EL CONTROL

Aplicar a los infractores del Decreto 201 Y 272 Contravendrá las regulaciones relativas a la higiene y se le impondrá la multa que en cada caso se establece, el que:

– Administre un centro de trabajo o estudio e incumpla las normas sanitarias vigentes, establecidas para la etapa de lucha contra la covid-19 en su instalación 3000 pesos;

– Dificulte en cualquier forma el cumplimiento de las medidas sanitarias dictadas por la autoridad competente para el control y erradicación de la COVID-19 2000 pesos a personas naturales.

– Se faculta para la imposición de dichas multas a la PNR y otros órganos del MININT, la DISC, el Cuerpo de Inspectores de la Salud, Inspección Estatal de Transporte y la DEC durante el período que perdure esta situación especial de enfrentamiento.

– El Consejo de Administración Municipal organizará grupos integrados por los Organismos señalados anteriormente para garantizar el cumplimiento de esta disposición en cada territorio velando por su ejecución hasta nivel de barrio.

Especificar que las cuotas de 3000 es para los directivos de esos centros que permitan estas indisciplinas o sea los responsables de no exigir el cumplimiento de las regulaciones sanitarias.

– Se faculta para la imposición de dichas multas a la PNR y otros órganos del MININT, la DISC, el Cuerpo de Inspectores de la Salud, Inspección Estatal de Transporte y la DEC durante el período que perdure esta situación especial de enfrentamiento.

– El Consejo de Administración Municipal organizará grupos integrados por los Organismos señalados anteriormente para garantizar el cumplimiento de esta disposición en cada territorio velando por su ejecución hasta nivel de barrio.

– Las personas naturales o jurídicas que sean objeto de estas contravenciones están en la obligación de efectuar el pago de dichas multas en un plazo no superior a diez días naturales en las oficinas habilitadas en las Unidades Municipales de la PNR.

– El incumplimiento de lo señalado anteriormente en diez días implica la duplicación de la cuantía impuesta y pasado los 30 días naturales de no ejercer dicho pago se ejecutará el proceso de instrucción penal.

– Se encarga del control y su cumplimiento al Coordinador de Programa de Fiscalización y Control del Gobierno Provincial de La Habana informando su resultado sistemáticamente

Finalmente destacó el gobernador de La Habana, proponer la aplicación de estas medidas a partir del día 1ro. de Septiembre, evaluando previamente el comportamiento de la epidemia en el trascurso de la semana.

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