Según la nota informativa, pública en el sitio web del Minsap, no existen nuevas regulaciones sobre estos procesos para las universidades de ciencias médicas que hayan sido emitidas por la Dirección Jurídica del organismo.
El marco legal para la obtención y legalización de documentos que surten efecto en el exterior se encuentra establecido por el Acuerdo 7538 del 2014 del Consejo de Ministros; la Resolución 276 del propio año, del Ministro de Salud Pública; y la Resolución 48 del 2021 del Ministro de Justicia, aclara el texto.
Añade que estos asuntos se tramitan en coordinación y de conjunto con las entidades autorizadas por el Ministro de Justicia y con el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Cuba.
Durante el período transcurrido desde la propagación de la pandemia de la COVID-19 en el país, independientemente de las restricciones y regulaciones epidemiológicas, no ha existido ninguna paralización de estos servicios por parte del organismo, precisa el Minsap.
Las solicitudes recibidas, señala, se han atendido de forma ininterrumpida y así se continúa trabajando en la actualidad.
“Ratificamos a la población que las informaciones relativas a las funciones y los procesos que atendemos, son publicadas en los sitios oficiales del Ministerio de Salud Pública”, concluye la nota.