Las normativas entrarán en vigor dentro de 30 días, y se aplican a las acciones constructivas realizadas sin permisos en periodos anteriores y que cumplan las regulaciones territoriales y urbanísticas.
El director de Asuntos legales del Ministerio de la Construcción, Santiago Herrera, explicó que cumpliendo esos requisitos se autoriza la transferencia de la propiedad a arrendatarios permanentes de viviendas del fondo estatal; usufructuarios, ocupantes de cuartos, y habitaciones.
También podrán legalizarse aquellas viviendas y locales terminados o en ejecución por el Estado o la población, sin cumplir las normas legales.
Generalizar el orden
Más de 230 mil familias se beneficiarán con las nuevas normas jurídicas para el ordenamiento legal de la vivienda en Cuba, que publica la Gaceta Oficial Ordinaria No. 33.
Esos instrumentos no solo contribuirán a elevar la cifra de propietarios de inmuebles, sino también permitirán mejorar el fondo habitacional.
Las viviendas, habitaciones o locales construidos de manera ilegal, violando regulaciones urbanísticas y territoriales, no serán legalizados.
Las disposiciones jurídicas buscan el ordenamiento y legalización de viviendas sin status por ilegalidades en su construcción, así como faculta a los órganos locales del Poder Popular para asignar locales, cuartos y habitaciones para ser convertidos en viviendas.
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– Gaceta Oficial Legalización Vivienda.pdf
Fuentes: Radio Reloj, Cubadebate / Editor: Conrado Vives Anias