¿Cómo se elige a un delegado?

– La elección de los delegados a las asambleas municipales del Poder Popular se celebra cada cinco años, el mismo día, en todo el territorio nacional, en la fecha que convoque el Consejo de Estado. – El Consejo Electoral Nacional puede autorizar la elección en día distinto en una o varias circunscripciones o colegios electorales, cuando existan circunstancias excepcionales que lo justifiquen. – Las horas hábiles para la votación están comprendidas entre las 7:00 a.m. y las 6:00 p.m., en que se da por terminada, aunque no hayan concurrido todos los electores. – El Consejo Electoral Nacional puede señalar otro horario para la votación o extenderlo en una o varias circunscripciones o colegios electorales, cuando causas de fuerza mayor lo aconsejen. – Corresponde a las comisiones electorales de circunscripción decidir sobre el cierre de un colegio antes de las 6:00 p.m. en el caso en que hayan votado todos sus electores, previa consulta con el Consejo Electoral Municipal. – Los miembros de las mesas de los colegios electorales pueden votar en los colegios en que ejercen sus funciones dentro de su propia circunscripción, aunque no figuren inscritos en la Lista de Electores, lo que se hace constar en acta. En estos casos deben informarlo al Colegio Electoral al que pertenezcan o a la Comisión Electoral de su circunscripción. – Las comisiones electorales de circunscripción entregan a los presidentes de las mesas de los colegios electorales de su demarcación, para el día de la votación, los símbolos nacionales, la urna y otros materiales, con suficiente antelación a la fecha señalada para la elección; dentro de las 24 horas anteriores a la votación entregan las boletas, las listas de electores, modelos y demás documentos necesarios para ese día. – El día señalado para celebrar las elecciones, a las 6:00 a.m., una hora …

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